Gobernadora y NEPR enmiendan procesos para agilizar proyectos solares
Jenniffer González sostuvo que el gobierno federal ha sido un gran aliado del gobierno local con la reconstrucción del sistema energético


La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, anunció en la mañana de hoy que modificó y amplió el estado de emergencia sobre el sistema eléctrico de Puerto Rico para que los proyectos de fincas solares puedan viabilizar y agilizar el acceso a créditos contributivos federales.
La Orden Ejecutiva 2025-47 firmada el pasado 22 de septiembre, enmienda la OE-2025-016, para evaluar, negociar y aprobar con la mayor diligencia contratos de compraventa de energía renovable con o sin capacidad de almacenamiento que cualifiquen para los ITCs, siempre que beneficien a los consumidores y cumplan con el estado de derecho vigente. Esto viabilizara las inversiones privadas requeridas para construir dichas instalaciones y garantizara acceso a energía segura, a precios asequibles, asegurando la continuidad de las operaciones comerciales e industriales, así como de la infraestructura critica.
Por su parte, el Negociado de Energía emitió una Resolución y Orden que establece los criterios de elegibilidad y el procedimiento de evaluación que deberá seguir la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en la contratación de proyectos de energía renovable, con o sin capacidad de almacenamiento, que cualifiquen para los créditos contributivos federales por inversión (Investment Tax Credits o ITCs).
Se estableció que todo proyecto propuesto debe cumplir con criterios claros de viabilidad financiera, técnica y legal. El desarrollador deberá acreditar, al momento de presentar su propuesta: capacidad financiera comprobada y acceso a fuentes de financiamiento suficientes y confiables, experiencia técnica y administrativa previa en proyectos de naturaleza y escala similares, entre otros criterios.
Asimismo, el ente regulador ordenó que todo proyecto propuesto deberá integrar facilidades de generación y/o almacenamiento de energía, demostrar control efectivo sobre los predios en los que desarrollará el proyecto, encontrarse en una etapa avanzada en la obtención de permisos y contar con estudios de interconexión completados o en trámite suficiente para viabilizar el inicio de construcción dentro de los plazos de los ITCs.
En cuanto a los contratos de compraventa el documento dispone que los contratos entre la AEE y los proponentes deberán cumplir condiciones uniformes y de mercado. El Negociado especificó que, “los contratos de compraventa de energía y almacenamiento de energía deberán basarse en la versión revisada de los contratos más recientes aprobados en el proceso de licitación del Tranche 4”.
Igualmente, dichos contratos deben ser “financiables y contener términos y condiciones generalmente aceptados en el mercado para proyectos de generación y/o almacenamiento de energía,” reconociendo además “los impactos del proceso de reestructuración bajo el Título III de PROMESA en el que la Autoridad se encuentra inmersa”, indica la Resolución y Orden del NEPR.
Con el objetivo de cumplir con los tiempos establecidos para acceder a los créditos contributivos federales, el Negociado dispuso en la Resolución y Orden un calendario estricto y desglosó los términos de tiempo para recibir, evaluar y aprobar los proyectos.
Finalmente, el Negociado enfatizó que, aunque la AEE tiene la responsabilidad de evaluar y recomendar proyectos. “El Negociado de Energía conservará la discreción para evaluar las recomendaciones de la Autoridad y autorizar, conforme al marco legal aplicable, los proyectos de generación con o sin almacenamiento de energía que serán objeto de contratación con la Autoridad. Esta discreción incluye, entre otros aspectos, la consideración de la viabilidad técnica, económica y financiera de cada proyecto, así como su conveniencia para el interés público y la protección de los consumidores de Puerto Rico”.