Ética presenta querellas contra Francisco Domenech e Itza García por presuntas violaciones vinculadas a contratos
La OEG cuestiona contratación de representación legal del exsecretario y las gestiones de la exsubsecretaria a favor de una empresa representada por su pareja

Ex secretario de la gobernación, Francisco Domenech. Foto: Suministrada

La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) presentó querellas administrativas contra el exsecretario de la Gobernación, Francisco Domenech Fernández, y la exsubsecretaria, Itza Marie García Rodríguez, por presuntas violaciones a la Ley de Ética Gubernamental relacionadas con contrataciones. Los procedimientos, fechados el 29 de octubre de 2026, atienden actuaciones distintas: la contratación de una abogada que previamente recibió una autorización del exsecretario y la alegada intervención de la exsubsecretaria en gestiones que beneficiaron a una empresa representada por su pareja sentimental.
En el caso de Domenech Fernández, la OEG sostiene que infringió el artículo 4.6(c) de la Ley 1-2012 al contratar a la licenciada Janet Parra Mercado para representarlo en una investigación de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI). Según la agencia, durante el año anterior a su salida del Gobierno, el exfuncionario había ejercido una acción oficial sobre la abogada al autorizar su contratación por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE).
La querella establece que el 18 de agosto de 2025 se autorizó un contrato de servicios profesionales de Parra Mercado por $125,000, con vigencia hasta el 30 de junio de 2026. La comunicación electrónica contenía las firmas de Domenech Fernández y del entonces director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), Orlando Rivera Berríos. El acuerdo fue formalizado por la entonces administradora de la CFSE, Enid Ortiz Rodríguez, y la abogada.
Domenech Fernández renunció a la Secretaría de la Gobernación el 7 de agosto de 2026. La OEG señaló que tres días después medios de comunicación informaron sobre la contratación de Parra Mercado como su representante legal. Además, indicó que una resolución del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, notificada el 28 de agosto en el asunto DI-FEI-2026-0011, fue recibida por el exsecretario por conducto de la licenciada.
El planteamiento de Ética descansa en la restricción que impide a un exservidor público contratar, durante el primer año luego de abandonar sus funciones, con una persona o entidad sobre la cual haya ejercido una acción oficial durante el año previo a su salida. Para sustentar que la autorización constituyó una acción oficial, la agencia citó la Orden Ejecutiva 2025-008 y el memorando OSG-2025-002, que requería autorización previa para contratos de servicios profesionales de $25,000 o más en las entidades de la Rama Ejecutiva.
La querella contra García Rodríguez, por su parte, le atribuye infracciones a los artículos 4.2(g) y 4.2(s), relacionados con conflictos de intereses y actuaciones que pongan en duda la imparcialidad e integridad de la función pública. La OEG alega que realizó gestiones ante el entonces secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Sebastián Negrón Reichard, para promover la contratación de Next Wave Solutions, LLC, representada por Luis Alberto Sánchez Andino, su pareja sentimental.
Según el documento, García Rodríguez y Sánchez Andino suscribieron un contrato de arrendamiento el 30 de julio de 2025 y compartieron residencia desde agosto de ese año hasta, al menos, agosto de 2026. La empresa fue inscrita el 12 de septiembre de 2025, con Sánchez Andino como administrador, persona autorizada y agente residente. Ética sostiene que el 9 de noviembre la entonces subsecretaria envió al titular del DDEC una propuesta de servicios de la compañía y el teléfono de su pareja, y que el 5 de diciembre dio seguimiento mediante un mensaje sobre la presencia de Sánchez Andino en la agencia para firmar el contrato.
El acuerdo se formalizó el 16 de diciembre de 2025 entre el DDEC, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y Sánchez Andino, en representación de Next Wave Solutions, por $120,000 y con vigencia hasta el 30 de junio de 2026. Los servicios incluían consultoría administrativa y coordinación de proyectos y eventos. La OEG también identificó otros tres contratos de la empresa: dos con la OGP y uno con el Municipio de Utuado.
Otro punto central es que García Rodríguez presentó un mecanismo de inhibición el 20 de marzo de 2026, unos tres meses después de formalizado el contrato con el DDEC. En ese documento reconoció su relación con Sánchez Andino y afirmó haberse mantenido al margen de los asuntos de contratación de la empresa. Aunque la OEG determinó el 13 de abril que el mecanismo cumplía con sus parámetros, advirtió que sus efectos serían prospectivos y que no cubría actuaciones anteriores a su presentación.
La agencia sostiene que el envío de la propuesta, la información de contacto y el seguimiento para la firma constituyeron una intervención en un asunto que podía beneficiar económicamente a la pareja de García Rodríguez. También alegó que la secuencia de gestiones y la presentación posterior de la inhibición pusieron en duda la imparcialidad de la función gubernamental. La exfuncionaria ocupó la Subsecretaría desde el 2 de enero de 2025 hasta su renuncia el 15 de agosto de 2026.
En ambos casos, la OEG solicitó las sanciones que correspondan, incluida una posible sanción civil equivalente a tres veces el beneficio económico recibido, si alguno, y la restitución de fondos públicos cuando proceda. Las querellas establecen un término de 20 días para contestar las alegaciones y reconocen el derecho a representación legal, presentar evidencia y confrontar testigos. Su presentación no constituye una determinación final de responsabilidad: las imputaciones deberán evaluarse en los respectivos procedimientos administrativos.






