Cuando proteger a la mujer también significa proteger su embarazo
“En tiempos donde todo parece polarizado, quizás el mayor acto de responsabilidad colectiva sea este: recordar que la mujer embarazada no es una consigna“


En medio de debates encendidos y consignas ideológicas, a veces olvidamos algo esencial: detrás de cada discusión legislativa hay una mujer real. Una mujer con nombre, con historia, con miedos y esperanzas. Una mujer que, cuando está embarazada, atraviesa uno de los estados de mayor vulnerabilidad física y emocional de su vida.
La recién aprobada Ley 18-2026 ha generado titulares y controversia. Sin embargo, conviene detenernos un momento y preguntarnos con serenidad: ¿qué hace realmente esta ley?
La Ley 18-2026 enmienda el Código Penal para clarificar que, en el contexto de delitos graves como el asesinato, el término “ser humano” incluye al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del vientre materno. Es una definición que opera en el ámbito penal, particularmente cuando hablamos de actos criminales violentos contra una mujer embarazada.
Contrario a lo que algunos pretenden interpretar, no estamos ante una ley que regule el aborto. No establece nuevas prohibiciones médicas ni redefine los protocolos clínicos. No interfiere con la práctica obstétrica ni con el deber ético de los médicos de atender a una mujer cuya vida o salud esté en riesgo. El debate sobre el aborto en Puerto Rico sigue siendo un tema aparte, con su propio marco jurídico y judicial, y con sus propios matices controversiales. Una ley que enmiende la regulación y práctica del aborto tendrá su turno oportuno para ser debatida. La Ley 18-2026 no debería ser el punto de partida para la discusión del aborto, y menos debe convertirse en un eje controversial para aquellos que dicen defender a la mujer. ¿O será que la ideología va por encima de quienes dicen defender sus derechos? Si esta nueva ley no aborda el tema del aborto voluntario ni impone nuevas regulaciones médicas, entonces, ¿de qué realmente se trata?
Se trata de reconocer que cuando una mujer embarazada es víctima de violencia extrema, el daño no es uno solo. Es múltiple. Es profundo. Es devastador. Reconoce lo lógico y ya reconocido por el derecho federal: que no solo se arrebata una vida, sino también la del ciudadano en potencia gestándose en el vientre materno. Se visibiliza que la gestación no es un detalle accesorio; es una condición que aumenta su vulnerabilidad y que hace aún más grave cualquier agresión. Si dos vidas se tronchan por un vil acto violento, se reconoce la pérdida de dos vidas. Y es aquí donde reside toda la controversia, que deja como asunto secundario una protección mayor a la mujer cuando se reconoce la vida del ser gestado.
La Ley 18-2026 fortalece la protección penal frente a ataques criminales contra mujeres embarazadas. Irónicamente, este tema debería ser una de esas pocas —o casi imposibles— ocasiones donde los grupos provida y proaborto se encuentren defendiendo lo mismo: una mayor protección para la mujer embarazada.
Todos los que tenemos conciencia en Puerto Rico acerca de la importancia de la vida sabemos que la violencia doméstica y los asesinatos contra mujeres han dejado cicatrices profundas, y que toda medida que refuerce la protección de una mujer en estado de embarazo merece una mirada seria y responsable.
Además, el efecto práctico de esta ley puede extenderse al ámbito médico desde una perspectiva de mayor cautela y responsabilidad. Cuando el ordenamiento jurídico subraya la importancia de la gestación, los profesionales de la salud tienden a reforzar protocolos, revisar prescripciones con mayor detenimiento y extremar cuidados. No por miedo, sino por conciencia. La medicina siempre ha tenido como eje la protección de la vida y la salud de la madre; esta ley no cambia ese principio, sino que lo enmarca con mayor claridad jurídica en el contexto penal.
Sin embargo, el ruido ideológico ha intentado colocar esta discusión exclusivamente dentro del terreno del aborto. Y ahí es donde debemos ser honestos. Cuando la conversación pública reduce toda referencia al embarazo a una guerra de consignas, corremos el riesgo de invisibilizar a la mujer gestante como sujeto central.
Proteger a la mujer embarazada no debería ser incompatible con la lucha de quienes dicen defender sus derechos. Al contrario, es reconocer que durante la gestación su cuerpo atraviesa cambios hormonales, físicos y emocionales significativos. Es admitir que puede enfrentar mayor dependencia económica, mayor exposición a violencia doméstica y mayor fragilidad física. Es aceptar que necesita y merece más protección, no menos. Una mayor protección a la mujer no debe ser exclusiva para las que no están embarazadas.
La retórica ideológica no puede ir por encima de la realidad humana. No puede opacar la necesidad de enviar un mensaje claro contra la violencia hacia mujeres embarazadas. No puede ignorar que la maternidad coloca a la mujer en un estado que exige sensibilidad, apoyo y un marco legal firme frente a quienes intenten dañarla.
La Ley 18-2026 no es una ley de aborto. Es una ley penal que amplía la protección en contextos criminales. Podemos debatirla, analizarla y examinarla con rigor jurídico. Pero también debemos mirarla desde el rostro de la mujer que camina con una vida dentro de sí y que merece que el Estado reconozca su especial condición.
En tiempos donde todo parece polarizado, quizás el mayor acto de responsabilidad colectiva sea este: recordar que la mujer embarazada no es una consigna. Es una persona. Y protegerla nunca debería ser motivo de división.


