[DETALLES DE LA DEMANDA] Gobierno demanda a LUMA y solicitan declarar nula extensión indefinida del contrato
La acción judicial alega que la extensión del contrato de LUMA se otorgó sin las aprobaciones requeridas por ley
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Foto de archivo

La Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) radicaron una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en la que solicitan que se declare nula e inválida la extensión del contrato que mantiene a LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC como operadores del sistema de transmisión y distribución eléctrica de Puerto Rico, alegando que dicha extensión se otorgó en violación a múltiples disposiciones legales y en detrimento del interés público.
En la acción judicial, las corporaciones públicas argumentan que la llamada “Carta-Extensión”, firmada el 30 de noviembre de 2022 bajo la administración del entonces gobernador Pedro Pierluisi, convirtió un acuerdo originalmente temporal e interino en un contrato de duración indefinida, eliminando salvaguardas esenciales diseñadas para proteger a la isla mientras la AEE permanecía en su proceso de quiebra bajo el Título III de PROMESA.
Alegan violaciones a la Ley 120 y a la Ley de Alianzas Público-Privadas
Según la demanda, la extensión del contrato carece de validez legal porque no contó con el voto afirmativo de ambos representantes del interés público en la Junta de Directores de la AAPP, requisito expreso de la Ley 120 para cualquier transacción relacionada con la AEE. En ese proceso, ambos representantes se abstuvieron, lo que por disposición legal equivale a un voto en contra, impidiendo la aprobación válida del acuerdo.
Además, la demanda sostiene que la Carta-Extensión nunca obtuvo un Certificado de Cumplimiento Energético del Negociado de Energía, un requisito indispensable para perfeccionar cualquier contrato o enmienda relacionada con la AEE. Al no haberse solicitado ni emitido dicho certificado, las demandantes alegan que la extensión se formalizó al margen del marco regulatorio vigente.
Un contrato indefinido sin métricas de desempeño
Uno de los señalamientos centrales del pleito es que la extensión eliminó la cláusula de terminación automática de 18 meses establecida en el acuerdo suplementario original, sustituyéndola por un término indefinido condicionado a eventos futuros, incluyendo que el plan de ajuste de la deuda de la AEE resulte “razonablemente aceptable” para LUMA. Las demandantes sostienen que esta condición coloca la vigencia del contrato a la sola discreción del operador privado, lo que constituye una cláusula potestativa prohibida por el Código Civil de Puerto Rico.
La demanda también expone que, bajo el acuerdo suplementario extendido, LUMA recibe actualmente pagos anuales significativamente mayores a los que recibiría bajo el contrato principal de operación y mantenimiento (T&D OMA), sin estar sujeta a métricas de desempeño exigibles. Según el documento, mientras el T&D OMA contemplaba pagos fijos más bajos y bonificaciones condicionadas al cumplimiento de métricas, el acuerdo interino extendido garantiza a LUMA pagos sustanciales ajustados por inflación, sin mecanismos efectivos de rendición de cuentas.
Solicitan remedios extraordinarios y una transición ordenada
Ante lo que describen como una situación de alto riesgo para la gobernanza y la estabilidad del sistema eléctrico, AAPP y la AEE solicitan al tribunal la emisión de una sentencia declaratoria que invalide la Carta-Extensión y reconozca que los contratos expiraron por sus propios términos el 30 de noviembre de 2022.
Asimismo, pidieron un entredicho provisional y un injunction preliminar para obligar a LUMA a entregar, en un plazo de 48 horas, información crítica relacionada con personal, contratistas, sistemas operacionales, inventarios, fondos federales, planes de mantenimiento, bases de datos, protocolos de emergencia y estado de la infraestructura eléctrica, con el fin de viabilizar una transición ordenada en la operación del sistema.
Impacto al interés público
En el recurso judicial, las demandantes subrayan que la permanencia indefinida de LUMA bajo un contrato carente de controles adecuados ha tenido consecuencias directas para la ciudadanía, incluyendo apagones recurrentes, deficiencias operacionales y falta de resultados concretos, lo que, a su juicio, justifica la intervención urgente del tribunal para restablecer el marco legal y proteger el interés público.





