Junta de Supervisión Fiscal aprueba reglamento para implementar amnistía de multas de tránsito
El programa de amnistía aplicaría a multas registradas en o antes del 1 de enero de 2026 en el sistema del DTOP

Director Ejecutivo de la Junta de Supervisión Fiscal, Robert Mujica. Foto de archivo

La Junta de Supervisión Fiscal informó que aprobó el reglamento propuesto para implementar el incentivo de pago acelerado de multas de tránsito establecido en la Ley 1-2026, que crea una amnistía para deudas acumuladas por infracciones registradas en el sistema del gobierno.
La determinación surge mediante una carta enviada el 12 de marzo de 2026 al secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Edwin González Montalvo, firmada por el director ejecutivo de la Junta, Robert F. Mujica Jr..
Según el documento, la Junta revisó el Reglamento Conjunto para la Implementación del Incentivo de Pago Acelerado de Multas, presentado por el DTOP y el Departamento de Hacienda, el cual establece un descuento de 40% en el total de la deuda por multas administrativas de tránsito.
El programa de amnistía aplicaría a multas registradas en o antes del 1 de enero de 2026 en el sistema del DTOP y se implementaría durante un periodo de 120 días.
Advertencia sobre el proceso bajo PROMESA
La carta explica que la revisión se realizó conforme a la Sección 204(a) de PROMESA, que requiere que el gobierno de Puerto Rico someta a la Junta cualquier ley nueva para evaluar su impacto fiscal y su compatibilidad con el plan fiscal certificado.
De acuerdo con el documento, la ley que autoriza la amnistía fue firmada el 1 de enero de 2026. El gobierno debía someter su evaluación fiscal a la Junta antes del 15 de enero, aunque posteriormente se solicitó una extensión de 45 días laborables, hasta el 25 de marzo de 2026, para completar la presentación requerida.
No obstante, la Junta indicó que tuvo conocimiento de reportes de prensa que señalaban que el gobierno pretendía implementar la amnistía desde el 12 de marzo, antes de completar el proceso requerido bajo PROMESA.
Ante ello, el organismo expresó preocupación por el hecho de que el gobierno pudiera haber tomado pasos para poner en vigor el reglamento antes de completar la evaluación correspondiente.
Reglamento aprobado, pero sujeto a revisión completa
Tras analizar la propuesta reglamentaria, la Junta indicó que la designó como “Approved” (Aprobada). Sin embargo, aclaró que una revisión completa de la ley y del reglamento solo podrá finalizar una vez se analice formalmente la documentación sometida bajo la Sección 204(a).
La entidad también subrayó que su revisión se limita exclusivamente a la compatibilidad del reglamento con el plan fiscal certificado, y que no constituye una evaluación legal sobre el cumplimiento con otras leyes o regulaciones estatales o federales.
Asimismo, advirtió que cualquier cambio material al reglamento deberá ser sometido nuevamente a la Junta para revisión y aprobación antes de su adopción y publicación oficial.
La carta concluye señalando que la evaluación se basó en la información provista por el DTOP y que la Junta podría reconsiderar su determinación si se detectaran errores o representaciones incorrectas en los datos sometidos.





