Gobierno y PolíticaLegislatura

Reconocen al ser humano en gestación como persona natural

A su vez, se dio paso a restablecer los Comités de Conciliación en los condominios de Puerto Rico

News  PR
Por News PR 20 de junio de 2025 • 6:34 a. m. AST
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Sesión senatorial del 19 de junio de 2025. Foto: Suministrada

El Senado aprobó ayer, en Sesión Ordinaria, el proyecto senatorial para establecer que todo ser humano concebido sea reconocido como persona natural para efectos legales que le sean favorables, así como salvaguardar el derecho de la mujer gestante a tomar decisiones sobre su embarazo conforme a la ley.

El Proyecto del Senado 504, presentado por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, enmienda varios artículos del Código Civil de Puerto Rico para reconocer como persona natural, a efectos civiles, a todo ser humano concebido en el útero materno, sin importar la etapa de gestación. Esta medida tiene como fin clarificar el lenguaje del Código aprobado en 2020, eliminando interpretaciones ambiguas sobre la personalidad jurídica del nasciturus.

“En la discusión de este proyecto, se han traído diferentes vertientes que me parece importante que las consideremos. Yo sí prohibiría el aborto, yo me opongo al aborto. Lo restringiría al máximo posible… Pero esto no se trata del aborto… Queremos ampliar los derechos y convertir un Puerto Rico cada vez mejor”, expresó Rivera Schatz.

La legislación dispone que el ser humano en gestación será considerado persona natural para todos los efectos que le sean favorables, tanto durante el embarazo como después de su nacimiento. A su vez, establece que los derechos hereditarios que se le reconocen estarán condicionados al hecho del nacimiento, tal como ha dispuesto tradicionalmente el ordenamiento jurídico.

“¿Desde cuándo se es una persona? Usted le puede poner de 24, 12, desde el momento de la concepción, cuando se unen dos personas y se fecunda. La realidad es que el proyecto 504 no entra en ese detalle. En lo que entra es en el proceso de lo que le beneficia a esa persona de una vez nace. Se retrotrae al momento que usted puede escoger; sean 12, 24, 2 días, 3 días, 2 horas. Si esa persona, que en la condición de que nació vivo, tiene derecho o no tiene derecho que pudieron haber sido afectados al momento de su concepción… Yo creo que el proyecto es bastante claro. No ataca el derecho de la mujer para poder ejercer el aborto. No lo toca aquí”, sentenció el vicepresidente senatorial, Carmelo Ríos Santiago.

En este término, la medida no interfiere con los derechos constitucionales de la mujer gestante. El lenguaje aprobado aclara que los derechos reconocidos al nasciturus no menoscaban la potestad de la mujer para tomar decisiones sobre su embarazo, conforme a la ley vigente en Puerto Rico. Así, el proyecto busca un balance entre la protección del concebido y la autonomía reproductiva de la madre.

“Al ser humano solo se ha considerado persona mientras vive fuera del vientre materno, y ha quedado desprotegido mientras vive dentro del vientre de su madre… el ser humano desde el momento de la concepción debe ser considerado persona natural, aplaudo y celebro este proyecto”, expresó la senadora Joanne Rodríguez Veve.

Otras medidas aprobadas

También fue aprobado el Proyecto del Senado 611, presentado por la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP), siendo esta una medida de Administración, que busca restablecer los Comités de Conciliación en los condominios de Puerto Rico mediante enmiendas a la Ley 129-2020. Esta medida permite que dichos comités, compuestos por tres titulares elegidos por la asamblea anual del Consejo de Titulares, actúen como foros primarios de resolución de conflictos entre condóminos, la Junta de Directores o el Agente Administrador.

La medida dispone que antes de presentar querellas ante DACO o los tribunales, las partes deberán agotar el proceso de conciliación. Además, el comité podrá aprobar planes de pago para titulares con deudas por cuotas de mantenimiento. Si no se logra formar el comité, DACO proveerá servicios de mediación. El propósito de la medida es buscar aliviar la congestión judicial y fomentar la convivencia armoniosa en las comunidades residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.

El Proyecto del Senado 176, del senador Ángel Toledo López, introduce enmiendas a la Ley de Tierras de Puerto Rico con el fin de permitir que personas naturales o jurídicas que presenten propuestas viables de desarrollo agrícola o no agrícola puedan acceder a arrendamientos de terrenos de la Autoridad de Tierras sin estar sujetos a un número mínimo de cuerdas. Esta enmienda reconoce que los avances tecnológicos y los nuevos modelos de producción permiten el uso eficiente de espacios más reducidos, y elimina barreras que han limitado el acceso de pequeños y medianos agricultores a terrenos productivos.

“El propósito de esta medida es abrir espacio a pequeños agricultores que no tienen la capacidad para alquilar dos o tres cuerdas de terreno y mantenerla, con lo que eso conlleva. Porque no hay que ser agricultor para saber que mantener 300 metros donde está la casa es complicado cuando uno trabaja. Pues mantener tres y cuatro cuerdas de terreno agrícola también es difícil para alguien que solo puede manejar media cuerda”, indicó el senador Toledo López.

Por otro lado, el Proyecto del Senado 189, también del senador Toledo López, enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico para establecer módulos sobre la creación de huertos escolares en los planteles que forman parte del Programa de Educación Agrícola y que cuenten con terrenos aptos. Además, autoriza al Secretario del Departamento de Educación a establecer reglamentación sobre el uso de terrenos escolares y a suscribir acuerdos colaborativos con otras agencias que posean predios aledaños. La medida también deroga leyes previas que trataban estos temas de forma dispersa para unificarlas en un marco coherente. Se busca, así, fortalecer la educación agrícola en el sistema público y promover la seguridad alimentaria desde edades tempranas.

En respuesta a las dificultades económicas causadas por la pandemia, se aprobó el Proyecto del Senado 257, de la autoría del senador Juan Oscar Morales, que enmienda la Ley 39-2020 para permitir el establecimiento de planes de pago para deudas acumuladas por servicios de agua y electricidad durante la vigencia del estado de emergencia por COVID-19. Los planes incluirán un pago inicial de entre 10% y 35% del total adeudado, seguido por pagos mensuales sin la imposición de intereses, multas ni cargos adicionales. Esta medida aplica a los clientes de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), LUMA y Genera PR, y busca brindar alivio financiero a miles de familias que aún enfrentan secuelas económicas por la emergencia sanitaria.

Asimismo, el Senado dio paso al Proyecto del Senado 440, presentado por la senadora Jamie Barlucea Rodríguez, que crea la Ley de Servicios Gratuitos y Expeditos a las Personas Sin Hogar. Esta ley ordena que las personas sin hogar reciban gratuitamente su certificado de nacimiento del Registro Demográfico, certificaciones del CRIM y la tarjeta de identificación del DTOP. Estas gestiones ayudarán a esta comunidad acceder a otros servicios gubernamentales y ayudas. La medida responde al dato de que el 75% de esta población no está albergada y que una proporción significativa se convirtió en persona sin hogar por primera vez en 2024, se trata de una política pública para facilitar su reintegración social.

“Esta medida lo que propone es garantizar el libre costo de los siguientes documentos esenciales que necesitan estas personas para poder solicitar servicios en las agencias como, por ejemplo, el certificado de nacimiento, las certificaciones del CRIM y las tarjetas de identificación oficial que brinda el DTOP. Necesarios para acceder a servicios de salud, de vivienda, las ayudas sociales, de empleo y hasta de educación”, comentó la senadora Barlucea Rodríguez.

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