Gobernadora firma leyes que refuerzan seguridad pública, libertad religiosa y nuevas iniciativas educativas
Siete nuevas leyes ajustan el marco penal, educativo y comunitario de la isla

Gobernadora Jenniffer González. Foto de archivo

La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, firmó ayer un paquete de siete leyes que abarcan desde la actualización de estatutos penales y ajustes al marco jurídico del Instituto de Ciencias Forenses, hasta medidas para reforzar la protección de víctimas de trata humana, penalizar la interrupción de actividades religiosas y ampliar la educación financiera en las escuelas públicas. Las nuevas leyes también clarifican términos de convivencia comunitaria en controversias civiles y declaran octubre como el “Mes de la Apreciación a la Pastoral y al Clérigo de Puerto Rico”.
La Ley 140-2025, correspondiente al P. del S. 37, atiende un vacío legal en la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”, que no reflejaba el sistema de penas del Código Penal de 2012. La medida, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, establece penas fijas para casos de lesiones y muertes relacionadas con la operación de embarcaciones. A partir de esta enmienda, quien ocasione lesiones que requieran atención médica enfrentará tres años de reclusión, mientras que incidentes fatales serán procesados conforme a las disposiciones de homicidio del Código Penal vigente.
La Ley 141-2025, identificada como el P. del S. 45, reconoce por primera vez en ley que las personas sometidas a trata humana son víctimas y no perpetradores. La medida excluye de responsabilidad penal actos ilícitos cometidos durante el periodo de victimización, atendiendo el temor que muchas víctimas sienten ante la posibilidad de ser castigadas en lugar de protegidas. Rivera Schatz también preside esta medida, junto a la coautoría de legisladores de distintas delegaciones, con el fin de armonizar el esfuerzo local con iniciativas internacionales contra esta forma contemporánea de esclavitud.
La Ley 142-2025, correspondiente al P. del S. 48, modifica la ley que creó el Instituto de Ciencias Forenses para aclarar que el fiscal —y no el juez instructor— es quien tiene la responsabilidad legal de dirigir las investigaciones y autorizar levantamientos de cadáveres. La enmienda corrige la incongruencia entre la ley orgánica de Ciencias Forenses y la estructura procesal del ordenamiento jurídico, lo que evitará interpretaciones contradictorias en investigaciones criminales.
Asimismo, la gobernadora firmó la Ley 143-2025 (P. del S. 503), que penaliza la interrupción de actividades religiosas mediante fuerza, intimidación o violencia. La medida establece que la primera ofensa será un delito menos grave y que reincidencias conllevarán una pena fija de un año de reclusión. Según el texto legislativo, la norma responde al aumento de incidentes en los que creyentes han enfrentado obstáculos o amenazas en lugares de culto y otros foros públicos, aun en presencia o pasividad de autoridades. La ley busca proteger el ejercicio colectivo de la libertad religiosa como derecho constitucional.
A estas medidas se suma la Ley 144-2025, procedente del P. del C. 143, que amplía los recursos disponibles para la educación financiera en el sistema público. La pieza legislativa permite que más profesionales, organizaciones y entidades externas ofrezcan talleres y mentorías sobre planificación financiera, manejo de crédito, ahorro, compra de vivienda y prevención de fraude. La exposición de motivos destaca que fortalecer estas destrezas desde la juventud coloca a las personas en mejor posición para enfrentar las responsabilidades económicas de la adultez y del retiro.
La gobernadora también convirtió en ley la Ley 145-2025, correspondiente al P. del C. 542, que aclara el término “vecinos” en la “Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho”. La enmienda establece que las controversias comunitarias que afectan la convivencia incluyen tanto vecinos residenciales como comerciales, reconociendo que ambos pueden influir —o verse afectados— por actividades que alteren el orden social. Con esta aclaración, los jueces municipales podrán intervenir sin que se excluya a titulares de propiedades comerciales bajo el Régimen de Propiedad Horizontal.
Finalmente, la Ley 146-2025 (P. del S. 519) declara el mes de octubre como el “Mes de la Apreciación a la Pastoral y al Clérigo de Puerto Rico”. La medida reconoce la aportación histórica y social del liderato eclesiástico en comunidades, agencias gubernamentales, entidades sin fines de lucro y organizaciones civiles. Según la exposición de motivos, muchos estados de la nación estadounidense y otros países occidentales ya observan este mes como uno de homenaje pastoral, destacando la importancia espiritual, emocional y social del ministerio religioso en la vida del pueblo.






