Salud autoriza importación de agua embotellada y hielo por 60 días
El agua y el hielo deberán ser transportados, almacenados y distribuidos bajo condiciones que garanticen su calidad e inocuidad

Secretario de Salud, Víctor Ramos. Foto de archivo

El secretario del Departamento de Salud (DS), Víctor Ramos Otero, anunció hoy la entrada en vigor de la Orden Administrativa 2026-646, que establece una exención de 60 días para facilitar la importación y distribución de agua embotellada y hielo destinados al consumo humano.
“La prioridad del Departamento de Salud es proteger la salud de nuestra población y, al mismo tiempo, contribuir a que Puerto Rico tenga acceso suficiente a agua potable durante esta emergencia. Esta orden nos permite agilizar la disponibilidad de estos productos, pero deja claramente establecido que la seguridad sanitaria no es negociable”, dijo el secretario de Salud en declaraciones escritas.
“Esta es una respuesta responsable y preventiva. Estamos tomando las medidas necesarias para anticiparnos a los posibles efectos de esta emergencia y proteger a nuestra población. Garantizar el acceso a agua segura es un asunto de salud pública y de seguridad para nuestro pueblo”, añadió.
La autorización tendrá una duración inicial de sesenta (60) días, salvo que sea extendida o revocada por el Departamento de Salud. La solicitud de la exención deberá ser presentada al secretario de Salud.
La medida permite la importación y distribución en Puerto Rico de agua embotellada y hielo para consumo humano, siempre que los productos cumplan con las disposiciones sanitarias aplicables.
Entre los requisitos establecidos se encuentran:
El agua importada deberá cumplir con las exigencias sanitarias federales aplicables y con las normas locales correspondientes a la jurisdicción donde sea procesada y embotellada.
Los importadores deberán mantener disponible para inspección del Departamento de Salud la evidencia sobre el origen y cumplimiento sanitario de los productos.
El hielo deberá provenir de una fuente de agua aprobada para consumo humano y cumplir con los estándares sanitarios aplicables.
El agua y el hielo deberán ser transportados, almacenados y distribuidos bajo condiciones que garanticen su calidad e inocuidad.
“El mensaje es claro: estamos facilitando el acceso, no eliminando los controles. Todo producto que llegue a Puerto Rico para consumo humano tiene que cumplir con los requisitos sanitarios establecidos. El Departamento mantendrá sus facultades de inspección y podrá retirar o detener cualquier producto que represente un riesgo para la salud pública”, expresó Ramos Otero.
Asimismo, el secretario de Salud explicó que la medida forma parte de la respuesta del Gobierno de Puerto Rico ante la emergencia y busca fortalecer la capacidad del país para atender las necesidades de la ciudadanía.
“En una emergencia, tenemos que actuar con rapidez, pero también con responsabilidad. Nuestra obligación es procurar que haya abasto suficiente y, a la misma vez, proteger a la población de productos que puedan representar un riesgo sanitario. La salud y la seguridad de nuestra gente son el norte de cada decisión que estamos tomando”, concluyó el secretario de la agencia.



