Cámara da diez días para entregar documentos sobre contrato de Power Expectations
Las entidades deberán identificar a los funcionarios y empleados que participaron en la evaluación, negociación, aprobación o firma del contrato

Representante Víctor Parés. Foto de archivo

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes concedió un plazo de diez días a cuatro entidades del sistema energético para entregar documentos sobre la evaluación, negociación y aprobación del contrato 2026-P0010 con Power Expectations para generar energía temporera.
Los requerimientos, enviados el martes, están dirigidos a la Autoridad de Energía Eléctrica, la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, la Oficina Independiente de Adquisiciones, conocida como 3PPO, y el Negociado de Energía. La investigación se realiza al amparo de la Resolución de la Cámara 42.
“Puerto Rico quiere claridad en este asunto, por eso estamos dando 10 días, desde ayer, para que la AEE, AAPP, 3PPO y el Negociado de Energía nos provea una información detallada de todo lo relacionado con la contratación de Power Expectations, LLC”, expresó el presidente de la comisión, Víctor Parés Otero, en declaraciones escritas.
La comisión solicitó todas las comunicaciones, correos electrónicos, mensajes de texto y cartas entre funcionarios o representantes de las entidades gubernamentales y Power Expectations, Enchanted Rock, ERock, Reyes Contractor Group o Flotek Industries relacionadas con el proceso de contratación.
El requerimiento también comprende las comunicaciones entre la Autoridad de Energía Eléctrica, la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas y la Oficina Independiente de Adquisiciones sobre la capacidad financiera, técnica y operacional de las compañías que integraron el consorcio.
La comisión pidió los análisis, memorandos, opiniones legales e informes internos o de asesores externos sobre la viabilidad financiera, técnica y jurídica del contrato. La solicitud incluye los documentos relacionados con el acuerdo de interconexión suscrito con LUMA Energy el 3 de agosto de 2026.
Las entidades deberán identificar a los funcionarios y empleados que participaron en la evaluación, negociación, aprobación o firma del contrato y en el proceso competitivo previo. También tendrán que entregar copias de la aprobación condicional del 4 de julio de 2025 y de la aprobación del 11 de diciembre de 2025 relacionadas con el proceso de generación temporera TPG2.
Parés Otero vinculó la investigación con el referido que, según indicó, el director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas y zar de Energía envió al Departamento de Justicia el 10 de agosto por alegaciones sobre el uso no autorizado del nombre y la firma de Enchanted Rock durante la contratación.
“Esta investigación responde, entre otros asuntos, al referido formal cursado el 10 de agosto de 2026 por el Zar de Energía de Puerto Rico y Director Ejecutivo de la AAPP, al Departamento de Justicia, sobre alegaciones relacionadas con el uso no autorizado del nombre y firma de Enchanted Rock, LLC en la ejecución del contrato y a la determinación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera de revocar su aval al contrato, por entenderlo ‘irreparablemente viciado’, entre otros”, añadió el representante.
El requerimiento también responde, según el legislador, a la determinación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera de retirar su aval al contrato por considerarlo “irreparablemente viciado”.




