Negociado de Energía regaña por atraso en proyectos de almacenamiento de energía
El NEPR ordenó tanto a la AEE como a los desarrolladores a justificar las razones del atraso y a informar por qué no deben ser sancionados

Presidente del Negociado de Energía, Edison Avilés. Foto: Suministrada

El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público emitió una Orden de Mostrar Causa dirigida a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a los desarrolladores Ecoeléctrica, San Fermín Battery Project LLC, Infinigen Horizon ASAP LLC y Infinigen Oriana ASAP LLC, por el incumplimiento en la ejecución de los acuerdos de la Fase 1 del Programa ASAP (Accelerated Storage Addition Program), que totalizan 110 megavatios (MV) de sistemas de almacenamiento de energía en baterías (BESS, por sus siglas en inglés).
En la orden, el Negociado señaló que “la ejecución de los acuerdos referidos debió haberse llevado a cabo, ya que la implementación se contempló para abril de 2025”.
El documento establece que, a pesar de las aprobaciones otorgadas y de las extensiones concedidas, ninguno de los acuerdos SO1 ha sido ejecutado. El Negociado advirtió que este incumplimiento contradice los plazos establecidos en el propio Programa ASAP, bajo el cual los proyectos podían comenzar de inmediato al no requerir mejoras de red significativas ni altos costos de interconexión.
El NEPR ordenó tanto a la AEE como a los desarrolladores a justificar las razones del atraso y a informar por qué no deben ser sancionados.
“El Negociado de Energía ordena a la AEE y a los desarrolladores (Ecoeléctrica, San Fermín, Oriana y Horizon) mostrar causa, dentro de tres días laborables de notificada esta Orden, de por qué el Negociado de Energía no debe imponer una multa administrativa de $10,000 por incumplimiento en la ejecución de los acuerdos SO de la Fase 1”.
De igual forma, se especificó lo que debe contener la respuesta de la AEE. “La respuesta de la AEE deberá explicar todas las razones que han impedido la ejecución de los contratos; incluir el estado de cumplimiento de los desarrolladores con las Condiciones de Firma y exponer por qué el Negociado de Energía no debe imponer multas en estas circunstancias”.
En cuanto a los desarrolladores, se les ordenó presentar sus propias explicaciones por separado. “Los desarrolladores (Ecoeléctrica, San Fermín, Oriana y Horizon) deberán presentar respuestas separadas y deberán explicar su estado actual de cumplimiento con las Condiciones de Firma, identificar cualquier obstáculo que haya impedido la ejecución de los acuerdos y exponer por qué el Negociado de Energía no debe imponer multas en estas circunstancias”.
Finalmente, el Negociado de Energía advirtió que el incumplimiento con esta Orden resultará en la imposición de multas bajo el Art. 6.36 de la Ley 57-2014, y en una multa continua de hasta $25,000 por día hasta que se logre el cumplimiento total.
Con esta orden, el Negociado reafirma su deber de velar por el interés público y la implementación oportuna de proyectos esenciales para la confiabilidad y estabilidad del sistema eléctrico de Puerto Rico.