Supremo deja sin efecto sanción de Ética contra exjefe de la AAA por uso de vehículo oficial
Díaz Atienza fue representado por los veteranos abogados Andrés Guillemard Noble, Joel Cosme y el ex juez Edgardo Rivera García

Los jueces que componen el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Foto: Poder Judicial

El Tribunal Supremo de Puerto Rico revocó la sanción administrativa que la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) intentaba imponer al expresidente ejecutivo de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), Elí Díaz Atienza, por el uso de un vehículo oficial asignado a un alto funcionario de la corporación pública. En una Opinión suscrita por el juez asociado Estrella Martínez, el máximo foro determinó que la evidencia presentada por Ética no cumplió con el estándar probatorio estricto que se exige para este tipo de procedimientos y que la agencia aplicó de forma incorrecta la legislación sobre ética y vehículos oficiales.
El caso se originó a partir de una querella de la OEG, presentada el 23 de diciembre de 2020, en la que se alegaba que Díaz Atienza autorizó a un vicepresidente de la AAA, identificado como Arroyo Muñiz, a utilizar un vehículo oficial para viajar entre su residencia en Aguadilla y las oficinas de la corporación en el área metropolitana durante 126 días. Para Ética, ello constituía un “beneficio no permitido por ley” en violación del Artículo 4.2(b) de la Ley de Ética Gubernamental.
Díaz Atienza, representado por los veteranos abogados Andrés Guillemard Noble, Joel Cosme y el ex juez Edgardo Rivera García, negó haber incurrido en una violación ética y argumentó que la asignación del vehículo estaba amparada tanto en las funciones del cargo como en la Orden Administrativa OA-2015-03 de la propia AAA, la cual regula el uso de vehículos oficiales en la corporación. A su juicio, la utilización del auto respondía a necesidades operacionales y de supervisión alrededor de la Isla, y no a un privilegio personal.
Tras varios incidentes procesales, la OEG insistió en que existía un beneficio económico indebido y solicitó la imposición de multas de hasta 20,000 dólares por infracción. El Tribunal de Apelaciones, en una sentencia del 29 de enero de 2025, validó la interpretación de Ética y confirmó la procedencia de la sanción al concluir que se había probado un uso irregular del vehículo oficial.
Inconforme, Díaz Atienza acudió al Supremo mediante un recurso de certiorari. Al acoger el caso, el máximo foro examinó el expediente administrativo y la aplicación de la Ley de Ética Gubernamental y de la Ley Uniforme de Vehículos Oficiales del Estado Libre Asociado. En la Opinión, el Tribunal recuerda que en los procedimientos éticos —por su naturaleza cuasi penal y por las cuantiosas multas que pueden imponerse— el quantum de prueba debe evaluarse con un rigor mayor que el de la mera preponderancia ordinaria.
A la luz de ese estándar, el Supremo concluyó que la OEG no demostró adecuadamente que el uso del vehículo respondiera a un beneficio personal ajeno al servicio público ni que se violentaran los parámetros específicos de la ley y de la orden administrativa interna de la AAA. El Tribunal destacó además que el funcionario al que se asignó el vehículo realizaba gestiones oficiales y que el propio marco normativo de la corporación admite ciertas flexibilidades cuando se trata de atender asuntos urgentes o relacionados con la operación del sistema de acueductos.
En consecuencia, el Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones y dejó sin efecto la sanción que Ética buscaba sostener contra Díaz Atienza. La determinación limita el alcance de la actuación de la OEG en este caso particular y envía un mensaje sobre la necesidad de que las agencias prueben con suficiente solidez los elementos de “beneficio no permitido por ley” antes de penalizar a un servidor público.
Esta decisión del Supremo expone un problema mayor en el funcionamiento del sistema ético y administrativo: para que un funcionario pueda realmente defenderse de una querella de Ética, necesita estar representado por abogados especializados y sostener un litigio extenso y costoso. El expediente demuestra que, ante el riesgo de multas que pueden alcanzar hasta $20,000 por cada alegada infracción, muchos funcionarios se ven presionados a pagar o transar aun cuando entienden que actuaron conforme a la ley. El caso de Díaz Atienza ilustra cómo la balanza puede inclinarse injustamente cuando la defensa efectiva depende de recursos económicos y representación legal robusta, como fue en este caso con el ex juez Rivera García, Andrés Guillemard y Joel Cosme, elevando la preocupación sobre el acceso equitativo a la justicia administrativa.






